Noticias

LEY DE MEDIDAS ECONÓMICAS, SOCIALES Y TRIBUTARIAS FRENTE A LA DESPOBLACION Y PARA EL DESARROLLO RURAL DE CASTILLA-LA MANCHA

El pasado 1 de junio entró en vigor la Ley de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblacion y para el Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha, y fue publicado en el DOCM con fecha 25 de octubre el decreto 108/2021 de 19 de octubre, por el que se determinan las zonas rurales de Castilla-La Mancha.

De acuerdo a esta zonificacion, nuestro municipo queda catalogado como zona de extrema despoblación con menos de 2.000 habitantes,y como tal, la Ley arriba citada articula los siguientes beneficios fiscales y económicos para los habitantes de estas zonas:

a) Todos los vecinos y vecinas con residencia habitual y estancia efectiva en este municipio tendrán una desgravación fiscal del 25% en el tramo autonómico del I.R.P.F. que se reflejará en la próxima declaración de la Renta.

b) Tdoso los vecinos y vecinas que adquieran o rehabiliten la vivienda habitual en su municipio tendrán una deducción fiscal del 15% en el tramo autonómico del IRPF.

c) Todos los vecinos que trasladen su vivienda habitual a su municipio por motivos laborales tendrán una deducción fiscal de 500 euros en el tramo autonómico del IRPF durante dos años.

d) A las transmisiones de inmuebles que tengan por objeto la adquisiciín de la primera vivenda habitual se les aplicará un tipo reducido del 3% en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

e) A las primeras copias de escriturras y actas notariales que documenten las transmisiones de inmuebles que tengan por objeto la adquisición de la primera vivienda habitual, se les aplicará el tipo reducido del 0,15%.

f) A las transmisiones de inmuebles destinados a sede social o centro de trabao de las empresas o a locales de negocios se les aplicará el tipo reducido del 1% en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

g) A las primeras copias de escritura sy actas notariales que documenten transmisiones de bienes inmuebles destinados a sede social o centron de trabajo de empresas o a locales de negocios, se les aplicará el tipo reducido del 0,10%.

h) A las primeras copias de escrituras y actas notariales que documenten los actos de agrupación, agregación, segregación, y división que se efectúen sobre suelos destinados a uso industrial o terciario, se les aplicará una bonificación en la cuota tributaria del 95% en AJD.

i) En los procesos de concurrencia competitiva, a los procesos empresariales de personas/entidades que se desarrollen en su municipio se aplicará una puntuación adicional del 40% del total previsto.

j) Además, en los procesos de ayudas directas a las personas/entidades que pongan en marcha iniciativas empresariales en su municipo se aplicará un incremento del 40% de la intensidad de la ayuda.

 

 

Plaza del Ayuntamiento s/n,
19361 La Yunta, Guadalajara

logo apoyo diputacion guadalajara